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BENEFICIOS PARA PASIVOS
BAPRO
Gasto
de Sepelio
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Gasto
de Sepelio
SOLO
PARA PENSIONADOS:
Usted podrá gestionar trámite de Gasto de Sepelio con
la documentación que a continuación se detalla:
Certificado de defunción del agente fallecido (original y fotocopia).
Carnet de pensión (original y fotocopia).
Ultimo recibo de haberes (original y fotocopia).
Factura
de la empresa funeraria con el detalle completo del servicio fúnebre,
certificada por el banco con el cual trabaja la empresa, y dicha factura
debe estar nombre de la persona que la abonó (la misma que
iniciará el trámite).

SOLO PARA JUBILADOS:
Si el fallecido jubilado era de estado civil soltero:
Certificado de defunción del agente fallecido (original y fotocopia).
Carnet de pensión (original y fotocopia).
Ultimo recibo de haberes (original y fotocopia).
Factura de la empresa funeraria con el detalle completo del servicio
fúnebre, certificada por el banco con el cual trabaja la empresa,
y dicha factura debe estar nombre de la persona que la abonó
(la misma que iniciará el trámite).
Dos testigos jubilados definitivos, solo de la provincia de Buenos
Aires, que perciban su haber por caja del Instituto de Previsión
Social, deben presentarse con carnet de jubilado y documento de identidad.
Si son viudos y no hay hijos, se debe agregar:
Certificado de defunción del cónyuge (original y fotocopia).
Acta de matrimonio (original y fotocopia). Cualquiera sea el solicitante
se deberá presentar:
Si es Argentino
DNI, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento en original y
fotocopia de 1° y 2° hoja del solicitante.
Si es extranjero:
DNI en original y fotocopia de 1° y 2° hoja del solicitante.
Cédula de Identidad del solicitante, si no posee DNI (original
y fotocopia).
En todos los casos tanto las actas de matrimonio,
defunción, nacimiento deben ser actualizadas por el registro
civil correspondiente; si fueran de municipalidad de la Ciudad de
Buenos Aires deben estar legalizadas por la Cámara de Apelaciones
de Capital Federal, si fuesen del interior del país deben ser
legalizadas por el Ministerio del Interior en Capital Federal; si
fuesen del exterior del país deben ser legalizadas por el Consulado
correspondiente o en su defecto por el Ministerio del exterior.
Dichos trámites podrán realizarse en el Departamento
de Asesoramiento primer piso, del IPS.
Si usted es del interior de la Provincia de Buenos Aires, puede dirigirse
a cualquiera de las Delegaciones del IPS, sitas en el Municipio mas
cercano a su domicilio.
Horario de atención en el Departamento de Asesoramiento:
Lunes a Viernes de 8:30 a 13 hs.
El horario de atención de cada delegación debe ser
consultado en la sede respectiva.

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