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GUÍA DE TRÁMITES

Asignaciones familiares

Cambio de domicilio

Cambio de banco

Certificación de aportes

Gastos de sepelio (Nueva Resolución 23/2/06)

Subsidio por fallecimiento (Nueva Resolución 23/2/06)

Reajuste

Reclamos

Poderes

Vuelta a la actividad

Vuelta a la pasividad

Reconocimiento de servicios

Prorrateo

Perdida de carnet de jubilado/pensionado

 
 

1. ASIGNACIONES FAMILIARES


¿Dónde se inicia?
En la Oficina de Asignaciones Familiares, Calle 5 N° 729 entre 46 y 47, La Plata. Horario: lunes a viernes de 8.30 a 13.00 T.E. (0221) 4296521/4296596
Por correo a la oficina de Asignaciones Familiares.
En la Delegación Previsional del Municipio y Delegaciones
Regionales
Correo Electrónico: salfam@ips.gba.gov.ar

Los beneficiarios del Instituto de Previsión Social de la Pcia. Bs. As. y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía (sólo pensiones contributivas)

Gozarán de las siguientes prestaciones :

Asignación por cónyuge
Asignación por hijo menor (menor de 18 años)
Asignación por hijo con discapacidad (sin limite de edad)
Asignación por ayuda escolar para la educación básica y polimodal (una vez al año)

Jubilados/as por cónyuge:

Documentación que se necesita

1. Declaración Jurada de Salario Familiar (Descargar Formulario N° 109)

2. Fotocopia documento de identidad de ambos.

3. Fotocopia recibo de cobro como beneficiario de I.P.S.

4. Fotocopia de la resolución por la cual el I.P.S. le otorgó el beneficio (en su defecto, fotocopia del decreto de cese).

5- CUIL de ambos.

6- Fotocopia de la Partida de Matrimonio actualizada (NO de la libreta).

Verificar que en la partida figure el ESTADO CIVIL ANTERIOR y la PROFESIÓN DE AMBOS. En el caso en que figurase una profesión colegiada, se deberá presentar un APORTE a dicha caja o un CERTIFICADO de la misma, donde conste que no percibe esta asignación familiar. Este aporte o certificado debe ser actualizado anualmente.

En el caso en que la esposa figurase con cualquier tipo de empleo o profesión (costurera, empleada, estudiante, etc.), a excepción de ama de casa, deberá justificar que no percibe el salario familiar, mediante:
Fotocopia recibo de sueldo de su lugar de trabajo (documentación a presentar todos los años), renuncia al SUAF (sistema único de asignaciones familiares, dependiente de la ANSES) cuando la empresa se encuentre habilitado en éste sistema; o:
Fotocopia aportes a caja de autónomos (documentación a presentar todos los años); o:
Aportes a caja de profesionales o certificado de la caja profesional donde conste que no percibe el salario familiar, en el caso de estar jubilado por dicha caja (documentación a presentar cada dos años); o:
Testimonial (con dos testigos y por única vez al iniciar el tramite) (descargar planilla Testimonial) y anualmente Declaración Jurada sin testigos (descargar declaración jurada) otorgada por Juez de Paz o de Primera Instancia o ante delegado municipal o IPS oficina de salario familiar.

Cuando el matrimonio se hubiere llevado a cabo en el exterior y la partida de matrimonio se encontrare redactada en idioma extranjero, se deberá presentar la traducción y legalización de la misma, realizada en el respectivo Consulado.

En los casos en que se inicie el trámite para percibir el salario familiar por primera vez, y corresponda justificar la situación laboral del cónyuge, la misma deberá abarcar el período de tiempo retroactivo por el que corresponda percibir el salario, (en caso contrario, sólo se liquidará desde la fecha de presentación).

Jubilados/as por cónyuge e hijos o menor a cargo

Documentación que se necesita

1.Declaración Jurada de Salario Familiar (descargar Formulario N° 109)

2.Fotocopia documento de identidad de todos (beneficiario, cónyuge, hijos)

3.Fotocopia recibo de cobro como beneficiario de I.P.S.

4.Fotocopia de la resolución por la cual el I.P.S. le otorgó el beneficio (en su defecto, fotocopia del decreto de cese).

5-CUIL de todos.

6- Fotocopia de la Partida de Matrimonio actualizada (no de la Libreta);

7. Justificación Laboral del cónyuge (madre/padre de los menores), si corresponde (todos los años):

Fotocopia recibo de sueldo de su lugar de trabajo del año en curso, renuncia al SUAF; o:
Fotocopia aportes a caja de autónomos; o:
Aportes a caja de profesionales o certificado de la caja profesional donde conste que no percibe el salario familiar, en el caso de estar jubilado por dicha caja; o:
Testimonial ,con dos testigos y por única vez al iniciar el tramite, (descargar planilla testimonial) y anualmente Declaración Jurada, sin testigos (descargar Declaración jurada), otorgada por Juez de Paz o de Primera Instancia o en la sede municipal ante delegado o IPS oficina salario familiar - Otros casos, por ej, beneficio del orden nacional, partida de defunción, etc.

Si de las constancias de la justificación laboral resultare que la esposa figura como ama de casa, no será necesario presentar una nueva justificación. Caso contrario, la misma deberá ser renovada anualmente con el resto de la documentación que se solicite a tal efecto (por ejemplo, con los certificados de escolaridad).
Cuando el matrimonio se hubiere llevado a cabo en el exterior y la partida de matrimonio se encontrare redactada en idioma extranjero, se deberá presentar la traducción y legalización de la misma, realizada en el respectivo consulado.
En los casos en que se inicie el trámite para percibir el salario familiar por primera vez, y corresponda justificar la situación laboral del cónyuge, la misma deberá abarcar el período de tiempo retroactivo por que corresponda percibir el salario, (caso contrario, sólo se liquidará desde la fecha de presentación).
8. Fotocopia de la Partida de Nacimiento de los menores a cargo
La asignación familiar por hijo o menor a cargo se cobra hasta que el menor cumpla los 18 años.

En los casos en que exista un menor (por ejemplo, nieto, sobrino, etc.) a cargo del beneficiario, por el cual se pretende percibir el salario familiar, debe presentar la Guarda y o Tutela Judicial otorgada por Juez de Menores (además de la partida de nacimiento).
Debido que la guarda o tutela es revocable por distintos motivos, cada dos años se debe presentar la vigencia de guarda (descargar planilla vigencia de guarda), a fin de verificar la continuación de la misma. Cuando la guarda judicial sea compartida con otra persona, además del beneficiario, se deberá justificar la situación laboral de la misma, en la forma expuesta en el punto anterior

9. Certificado de Escolaridad (original) como alumno regular.

Para percibir la Ayuda Escolar Anual (además de presentar la documentación correspondiente a la Asignación por hijo) se debe acompañar el “Certificado de Escolaridad”(original). Este deberá presentarse en todos los casos, entre los meses de marzo y mayo, una vez comenzadas las clases (deben ser de alumno regular; no tienen validez los de inscripción al año lectivo) y con fecha actualizada.
Esta documentación debe ser actualizada anualmente en la forma y tiempo señalados.

Pensionadas por hijo menor

Documentación que se necesita

1. Declaración Jurada de Salario Familiar (descargar Formulario N° 109)
2. Fotocopia documento de identidad de todos (beneficiario, cónyuge, hijos)
3. Fotocopia recibo de cobro como beneficiario del IPS
4. Partida de defunción del causante del beneficio
5. Fotocopia de la resolución por la cual el IPS le otorgó el beneficio
6. CUIL de todos
7. Fotocopia de la partida de matrimonio actualizada(no de la libreta);
8. Justificación laboral del titular de la pensión (todos los años), si correspondiere;

Fotocopia recibo de sueldo de su lugar de trabajo del año en curso, renuncia al SUAF; o:
Fotocopia aportes a caja de autónomos; o:
Aportes a caja de profesionales o certificado de la caja profesional donde conste que no percibe el salario familiar, en el caso de estar jubilado por dicha caja;
Testimonial con dos testigos y por única vez al iniciar el tramite (descargar planilla testimonial) y anualmente Declaración Jurada ,sin testigos (descargar Declaración Jurada), otorgada por Juez de Paz o de Primera Instancia o ante delegado municipal o IPS oficina de salario familiar.

9. Fotocopia de la Partida de Nacimiento de los menores a cargo (más guarda o tutela otorgada por juez de menores, para el caso en que correspondiere);

10.Certificado de Escolaridad (original), como alumno regular.

La documentación es la misma que en las jubilaciones, con la salvedad que en este caso, siempre que el beneficiario de la pensión se encontrare trabajando, o al menos así figurase en la partida de matrimonio, deberá justificar su situación laboral.
Si esta persona no se encontrare trabajando y justificare que se desempeña como ama de casa, este trámite se realizará por única vez; caso contrario, deberá justificar su situación todos los años, según la forma señalada.

Pensionadas (concubinas)

Documentación que se necesita

Se debe presentar la misma documentación que en el punto anterior, con la particularidad que se deberá justificar la situación de la titular de la pensión TODOS LOS AÑOS, según la forma que le correspondiere (relación de dependencia, renuncia al SUAF, aportes autónomos, información testimonial, etc.).
También, será ineludible la presentación de la resolución por la que el I.P.S. le otorgó el beneficio pensionario.

Pensionados

Se debe presentar la misma documentación que en el punto primero, con la particularidad que se deberá justificar la situación laboral del titular de la pensión TODOS LOS AÑOS, según la forma que le correspondiere (relación de dependencia, renuncia al SUAF, aportes autónomos, información testimonial, etc.).


Por Hijo Discapacitado

Documentación que se necesita

En el caso de solicitar asignación familiar por hijo discapacitado:

1. Declaración Jurada de Salario Familiar (descargar Formulario N° 109)

2. Fotocopia documento de identidad de todos (beneficiario, cónyuge, hijos)

3. Fotocopia recibo de cobro como beneficiario de I.P.S.

4. Fotocopia de la resolución por la cual el I.P.S. le otorgó el beneficio (en su defecto, fotocopia del decreto de cese).

5- CUIL de todos.

6- Solicitud de Junta Médica (PARA LA PERCEPCIÓN DEL SALARIO FAMILIAR) por duplicado, más todo antecedente clínico de la discapacidad; en caso de existir Curatela (siempre otorgado a favor del beneficiario) debe presentar fotocopia del testimonio y aceptación del cargo de la misma.

7- Información testimonial otorgada por Juez de Paz o de Primera Instancia justificando que: el incapacitado “no posee ningún beneficio social ni tiene otro sustento económico”, o sea, que se encuentra carente de recursos y que está a cargo del beneficiario.

Esta información testimonial debe ser presentada cuando la persona incapacitada sea mayor de 21 años. Cuando el cónyuge del beneficiario deba justificar su situación laboral, deberá realizarlo antes del mes de diciembre, cuando caduca la misma.
El beneficio de una pensión graciable, por el hijo discapacitado, NO ES INCOMPATIBLE para que el beneficiario también perciba por el mismo salario familiar. En este caso debe presentar una fotocopia del recibo de la misma.


Ayuda Escolar Anual

Con el haber de febrero se percibe la AYUDA ESCOLAR ANUAL, en los casos en que los beneficiarios hayan presentado la documentación correspondiente.

INFORMACIÓN ANEXA

Para iniciar el trámite de salario familiar, el beneficiario debe estar percibiendo el haber de la jubilación o pensión. Para percibir el retroactivo de salario familiar, desde la fecha de cese de actividad, LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA DEBE SER PRESENTADA DENTRO DEL AÑO DE HABER COMENZADO A COBRAR LA JUBILACIÓN O PENSIÓN; caso contrario, sólo le será reconocido un año de retroactividad a la fecha de presentación.

Formularios para Descargar

Formulario 109

Informacion testimonial

Vigencia de Guarda

Declaración Jurada

Planilla Solicitud Junta Médica


2. CAMBIO DE DOMICILIO

Documentación Requerida:

Si lo solicita el beneficiario:

- Fotocopia de documento de identidad 1ª y 2ª hoja.
- Fotocopia de recibo de haberes.
- Carta especificando el cambio requerido.

Si lo solicita el apoderado:

- Fotocopia de documento de identidad 1ª y 2ª hoja.
- Fotocopia de recibo de haberes.
- Fotocopia de documento de identidad del apoderado 1ª y 2ª hoja.
- Carta especificando el cambio requerido.

Dónde se inicia:
- En la oficina de Informaciones Generales, de lunes a viernes de 8.30 a 16.00 horas, Planta Baja de la sede Central.
- Por fax, a los siguientes teléfonos: 0221- 425 2235 /429 6588


3. CAMBIO DE BANCO

Documentación Requerida:

Si lo solicita el beneficiario:

- Fotocopia de documento de identidad 1ª y 2ª hoja.
- Fotocopia de recibo de haberes.
- Carta especificando el cambio requerido.

Si lo solicita el apoderado:

- Fotocopia de documento de identidad 1ª y 2ª hoja.
- Fotocopia de recibo de haberes.
- Fotocopia de documento de identidad del apoderado 1ª y 2ª hoja.
- Carta especificando el cambio requerido.

Dónde se inicia:
- En la oficina de Tesorería, en la sede central del IPS, de lunes a viernes de 9 a 13 horas.
- Por fax, a los siguientes teléfonos: 0221- 425 2235 /429 6588

4. CERTIFICACIÓN DE APORTES

¿Desea saber si su empleador ingresó sus aportes previsionales y cómo obtener una constancia de los mismos?

Si usted es agente del ESTADO PROVINCIAL O MUNICIPAL, DOCENTE OFICIAL PROVINCIAL O MUNICIPAL ...

- Los recibos de sueldos mensuales emitidos por empleador resultan ser un documento válido para constar las retenciones personales efectuadas con destino a este IPS.
- De ser insuficiente la exhibición de los recibos de sueldos anteriores, en función del Organismo o Entidad que solicita un informe individual de aportes, deberá el interesado previamente requerir del Empleador donde se desempeñe o hubiere desempeñado, que le extienda una Certificación de Servicios y en su caso de aportes efectuados, con indicación ante quien se presentará y el motivo del trámite, para que posteriormente el IPS se expida al respecto.
Cuando el período de desempeño sea posterior a enero de 1999, el IPS podrá complementar esta documentación con la información individual de aportes por agente con el Registro Único Permanente de Afiliados (RUPA) que incorpora la información en soporte magnético que el empleador entrega mensualmente en carácter de Declaración Jurada.

Si usted es DOCENTE PRIVADO de Establecimientos Educativos de Gestión Privada:

- Debe solicitar previamente el Formulario CEC 15 extendido por el Representante Legal, y que posteriormente suscribe la Dirección de Educación de Gestión Privada (DIPREGEP), tanto para docentes subvencionados como no subvencionados.
- Tratándose de Docentes Subvencionados, deben estar consignados en las Planillas MECANIZADAS de DIPREGEP, y todo informe individual de aportes deberá solicitarse a la Dirección General de Cultura y Educación.
- En cuanto a los Docentes No Subvencionados, deben estar consignados en las Planillas DIPREGEP 20 de DIPREGEP, y podrán solicitar a este IPS un informe de aportes según los siguientes requisitos:

1- Nota de solicitud, conteniendo:

- Datos del Colegio:
Nombre del Establecimiento
Nivel de Enseñanza
N° de DIPREGEP o Provisorio IPS
Distrito Escolar
Domicilio, localidad y código postal
- Datos del Docente:
Apellido y nombre
Tipo y N° de documento
Función, categoría y/ u horas
Período Trabajado
Domicilio, localidad y código postal
Teléfono (N° y característica), indispensable que el número figure en guía para verificar identidad.
E- Mail
- Indicar el motivo de la solicitud
- Para ser presentado ante ... (indicar Organismo o entidad requirente)
- Firma del Solicitante y aclaración.

2- Fotocopia de DNI (1° y 2° Hoja, y la hoja del último domicilio vigente)
3- Último recibo de sueldo (fotocopia)
4- Formulario CEC 15 de certificación de servicios iniciado por Representante Legal y convalidado por DIPREGEP (fotocopia)
5- Certificación de servicios con constancias de aportes jubilatorios, confeccionado y firmado por Representante Legal (original)

5. GASTOS DE SEPELIO

Resolución N° 5/06 que deroga a la N° 11/05

El monto es: $1.704,30 (actualizado a Abril de 2008)

Corresponde iniciar este trámite:

a-Cuando fallece el jubilado sin familiar directo, la persona que se hizo cargo del sepelio, inicia el trámite.

b-Cuando fallece el pensionado sin familiar directo, la persona que se hizo cargo del sepelio, inicia el trámite.

Documentación Requerida (original y copia):

a-Cuando fallece el jubilado

- Certificado de defunción.
- Factura de la cochería original, y a nombre de la persona que se hizo cargo del sepelio, con firma del responsable de la cochería certificada por el Banco donde tiene registrada la misma.
- Carnet de jubilado fallecido.
- Último recibo de sueldo del jubilado fallecido.
- Documento del solicitante (primera y segunda hoja y cambios de domicilio)
- Constancia número de CUIL del solicitante.
Nota: Si el fallecido fuera viudo/a, debe adjuntar acta de matrimonio actualizada y certificado de defunción de la esposa/o.

En el supuesto de actas y certificados de defunción expedidas en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad autónoma de Buenos Aires, deberan estar certificadas por la Cámara de Apelaciones; si fueran del interior del país por el Ministerio del Interior, si fueran del extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Consulado, adjuntando la traducción de las mismas.-

b-Cuando fallece el pensionado

- Certificado de defunción.
- Factura de la cochería original, y a nombre de la persona que se hizo cargo del sepelio, con firma del responsable de la cochería certificada por el Banco donde tiene registrada la misma.
- Carnet del pensionado fallecido.
- Último recibo de sueldo del jubilado fallecido.
- Documento del solicitante (primera y segunda hoja y cambios de domicilio)
- Constancia número de CUIL del solicitante.

En el supuesto de actas y certificados de defunción expedidas en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad autónoma de Buenos Aires, deberan estar certificadas por la Cámara de Apelaciones; si fueran del interior del país por el Ministerio del Interior, si fueran del extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Consulado, adjuntando la traducción de las mismas.-

6. SUBSIDIOS POR FALLECIMIENTO

Resolución N° 5/06 que deroga a la N° 11/05

SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO AL 50%

El monto es: $3.408,60 (actualizado a Abril de 2008)

Corresponde cuando fallece el cónyuge del jubilado/a. El 50% restante queda pendiente para ser otorgado a los familiares directos cuando fallezca el jubilado/a.

Documentación:

- Acta de matrimonio actualizada (original y copia)

- Certificado de defunción (original y copia)

- Carnet de Jubilado solicitante (original y copia)

- Último recibo de haberes del jubilado solicitante (original y copia)

- Documento de Identidad del jubilado solicitante (original y fotocopia de la 1° y 2° hoja y cambio de domicilio)

- Constancia del número de CUIL

- Formulario de Solicitud

- Declaración Jurada

En el supuesto de actas y certificados de defunción expedidas en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad autónoma de Buenos Aires, deberan estar certificadas por la Cámara de Apelaciones; si fueran del interior del país por el Ministerio del Interior, si fueran del extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Consulado, adjuntando la traducción de las mismas.-

SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO (100%) Y PENSIÓN

El monto es: $ 6.817,20 (actualizado a Abril de 2008)

Por derecho le corresponde el subsidio por fallecimiento en el siguiente orden a los familiares directos:

a- Esposo/a (en caso de no existir éste)
b- Hijos (en caso de no existir éstos)
c- Padres

Documentación Requerida (original y copia):

a- Esposo/a

-Acta de matrimonio actualizada.
-Certificado de Defunción.
-Carnet de Jubilado del Causante.
-Último Recibo de Haberes del Causante (si el cobro es por BAPRO adjuntar la constancia de los 10 últimos movimientos del Cajero Automático)
-Documento de Identidad (del esposo/a que presenta el trámite)
-Constancia número de Cuil (del esposo/a que presenta el trámite).
-Solicitar en ANSES los Telex (tanto del solicitante como del causante): Pantalla de Autónomos, Pantalla de Activos, R.U.B., Mesa de Entradas.

-Formulario de Solicitud

-Declaración Jurada

En caso de hijos menores, adjuntar:

-Acta de nacimiento.
-Documento de Identidad.
-Constancia número de Cuil.
-Constancia de Alumno Regular
(para los hijos mayores de 18 y hasta los 25 años)

En el supuesto de actas y certificados de defunción expedidas en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad autónoma de Buenos Aires, deberan estar certificadas por la Cámara de Apelaciones; si fueran del interior del país por el Ministerio del Interior, si fueran del extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Consulado, adjuntando la traducción de las mismas.-

b- Hijos

-Acta de matrimonio actualizada de los padres
-Acta de Defunción (ambos padres)
-Acta de nacimiento. (De todos los hijos, si alguno hubiese fallecido adjuntar Certificado de Defunción)
-Fotocopia de Documento de Identidad (de todos los solicitantes de la primera y segunda hoja y si tiene algún cambio de domicilio también)
-Constancia número de Cuil. (de todos los solicitantes)
-Carnet y Último Recibo de Haberes del Causante.

-Formulario de Solicitud

-Declaración Jurada

En el supuesto de actas y certificados de defunción expedidas en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad autónoma de Buenos Aires, deberan estar certificadas por la Cámara de Apelaciones; si fueran del interior del país por el Ministerio del Interior, si fueran del extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Consulado, adjuntando la traducción de las mismas.-

c- Padres

- Documento de Identidad (del o de los solicitantes, de la primera y segunda hoja y si tiene algún cambio de domicilio también)
-Constancia número de Cuil. (de los solicitantes)
-Acta de matrimonio actualizada de los solicitantes (si hubiese uno de ellos fallecido adjuntar certificado de defunción)
-Acta de matrimonio actualizada del causante.
-Certificado de Defunción del causante y del esposo/a.
-Acta de nacimiento del causante.
-Acta de Defunción de los hijos del causante.
-Carnet del causante.
-Último Recibo de Haberes del Causante.

-Formulario de Solicitud

-Declaración Jurada

En el supuesto de actas y certificados de defunción expedidas en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad autónoma de Buenos Aires, deberan estar certificadas por la Cámara de Apelaciones; si fueran del interior del país por el Ministerio del Interior, si fueran del extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Consulado, adjuntando la traducción de las mismas.-


7. REAJUSTE

Corresponde iniciar este trámite

Cuando el beneficiario trae nuevos servicios para ajustar la prestación/ beneficio. El interesado, su apoderado y/o el delegado previsional deberán presentarse en el Departamento de Asesoramiento para realizar consultas o bien para la iniciación del trámite de reajuste.

Documentación requerida
1. Documento de identidad (LE, LC, DNI) en original y fotocopia.
2. Último recibo de haberes de la Jubilación, en original y fotocopia.
3. Certificado de servicio y Decreto de Cese.
4. Carnet de Jubilado.

8. RECLAMOS

Cuándo corresponde iniciarlo
Cuando el interesado considera que:
· No se le hizo efectivo el pago de un aumento
· Si se le realiza algún descuento que no fue solicitado por el beneficiario
· Otros, relacionados con modificaciones en el haber habitual.
· No se le han computado la totalidad de los años trabajados
· No se consideró el mejor cargo ejercido
· El porcentaje jubilatorio está mal calculado.

Documentación Requerida
· Nota en donde explique el reclamo; especificando su número de expediente y el de beneficiario, así como también su domicilio y teléfono; o formulario de reclamo.

Dónde se inicia
· Personalmente en la Oficina Informaciones Generales, (calle 47 # 530) , Planta Baja (de 8.30 a 16.00 hs)
· A través de la delegación previsional del municipio.
· Por correo tradicional, con nota dirigida a la Oficina de Informaciones Generales.


9. PODERES

Existen dos tipos:

1. Carta Poder
2. Poder Especial Ante Escribano Público

1. Carta Poder

Vigencia: 6 meses; a excepción de los beneficiarios que se encuentren internados este documento tendrá validez por un mes.

Requisitos:
· Deberá contar con las firmas del beneficiario y del apoderado o apoderados, que pueden ser certificadas por: empleados del sector Poderes del IPS, Juez de Paz, Secretario de Juzgado, Escribano Público o Delegado Previsional.
· Para beneficiarios que se encuentren internados en un establecimiento asistencial, la firma debe estar certificada por el Director o Administrador del nosocomio, debiendo expresar además el estado de lucidez del paciente que otorga el poder.

Documentación
· Fotocopia de documento de identidad del beneficiario y apoderado.
· Original y copia del último recibo de haberes.
· Número de CUIL del apoderado

2. Poder Especial ante Escribano Público


Vigencia: este tipo de mandato tendrá una duración indefinida, o hasta que el otorgante decida su revocación; a excepción de los terceros no familiares para quienes la vigencia máxima será de seis meses.
Requisitos
· Familiares directos hasta el cuarto grado de consanguinidad, (deberá acreditarse el vínculo en el cuerpo de la escritura o mediante declaración jurada prestada ante este Organismo previsional),
· Tercero de afinidad (suegros, yernos y nueras, cuñados, sobrinos y tíos políticos), (deberá acreditarse el vínculo en el cuerpo de la escritura o mediante declaración jurada prestada ante este Organismo previsional),
· Abogados y/o procuradores debidamente matriculados,
· Terceros no familiares.
Documentación
· Fotocopia de documento de identidad del beneficiario y apoderado.
· Original y copia del último recibo de haberes.
· Número de CUIL del apoderado.

Dónde se inicia

En Sector Poderes, de lunes a viernes de 9.00 a 13.00 horas. Calle 5 N° 757 entre 47 y 48, La Plata.
Revocación de Poder
- Fotocopia de Documento del beneficiario (1ª y 2 ª hoja)
- Fotocopia del recibo de haberes.
- Planilla de Poderes.

10. VUELTA A LA ACTIVIDAD

Cuándo corresponde iniciarlo:

Si un jubilado vuelve a la actividad en relación de dependencia con el Estado Municipal, Provincial y Nacional. Quedan exentos los servicios docentes y autónomos.

Documentación:

- Escrito de denuncia de la nueva situación laboral ante el IPS.
- Copia del Acto Administrativo, que lo efectiviza en el cargo.

Plazo de presentación:

- 30 días corridos, a partir de la fecha en que volvió a la actividad.


11. VUELTA A LA PASIVIDAD

Cuándo corresponde iniciarlo:

En los casos en los cuales los beneficiarios, que hubieren regresado a la actividad y hayan cesado en el cargo, deberán comunicar la novedad ante el Organismo Previsional a los efectos de reintegrar el haber jubilatorio.

Documentación:

- Presentación por escrito de la nueva situación ante el IPS.
- Copia del Acto Administrativo, que le otorga la baja o cese.

Plazo de presentación:

- 30 días corridos, a partir de la fecha en que volvió a la actividad

12. RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS

Cuándo corresponde iniciarlo

Cuando el interesado se jubila por otra caja, pero al tener aportes realizados al IPS, éste Organismo certifica dichos servicios para agregarlos a la caja otorgante.

Documentación Requerida
· Certificado de servicios con sueldos mes por mes o año por año del período que se pretende reconocer, firmado y sellado por funcionario autorizado de la Repartición del lugar de Trabajo.
· Decreto de baja o cese, firmado y sellado por funcionario autorizado de la repartición del lugar de trabajo.
· Fotocopia de DNI 1º y 2º hoja (original y fotocopia)
· Si el reconocimiento es de un agente fallecido y solicita el esposo/a: fotocopia del acta de matrimonio y certificado de defunción.
· Si el solicitante es conviviente, se debe agregar a la documentación anterior: información sumaria que acredite tiempo de convivencia
· Nº de CUIL del solicitante.

Dónde se inicia
· Personalmente en la sede del IPS (calle 47 nº 530)
· A través de la delegación previsional del municipio
· Por correo tradicional solo cuando vive en otra provincia.


13. PRORRATEO

Cuándo corresponde iniciarlo
Este trámite lo realizan los empleados en actividad, para determinar los aportes que ha realizado a este Organismo previsional.

Los DOCENTES podrán solicitar un prorrateo a partir de los 50 años de edad y los ADMINISTRATIVOS a partir de los 60 años.


Documentación Requerida
· Copia de D.N.I.
· Copia de último recibo de haberes,
· HISTORIA LABORAL (donde deberá constar fecha de inicio y hasta la fecha actual), que podrá ser confeccionada por su empleador o por el interesado.

Cómo se inicia
· Personalmente en la sede del IPS (calle 47 nº 530)
· A través de la delegación previsional del municipio.


14. PERDIDA DE CARNET DE JUBILADO/ PENSIONADO


Documentación Requerida
· Documento de Identidad, en original y copia.

Dónde se inicia

· Denunciar la pérdida en Informaciones Generales, de lunes a viernes de 8.30 a 16.00 horas, en Plata Baja de la Sede Central del IPS.