1. ASIGNACIONES FAMILIARES
¿Dónde se inicia?
En
la Oficina de Asignaciones Familiares, Calle 5 N° 729
entre 46 y 47, La Plata. Horario: lunes a viernes de 8.30
a 13.00 T.E. (0221) 4296521/4296596
Por
correo a la oficina de Asignaciones Familiares.
En
la Delegación Previsional del Municipio y DelegacionesRegionales
Correo Electrónico: salfam@ips.gba.gov.ar
Los
beneficiarios del Instituto de Previsión Social de
la Pcia. Bs. As. y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y
Pensiones de la Policía (sólo pensiones contributivas)
Gozarán
de las siguientes prestaciones :
Asignación
por cónyuge
Asignación
por hijo menor (menor de 18 años)
Asignación
por hijo con discapacidad (sin limite de edad)
Asignación
por ayuda escolar para la educación básica
y polimodal (una vez al año)
Jubilados/as
por cónyuge:
Documentación
que se necesita
1.
Declaración Jurada de Salario Familiar (Descargar
Formulario N° 109)
2.
Fotocopia documento de identidad de ambos.
3.
Fotocopia recibo de cobro como beneficiario de I.P.S.
4.
Fotocopia de la resolución por la cual el I.P.S.
le otorgó el beneficio (en su defecto, fotocopia
del decreto de cese).
5-
CUIL de ambos.
6-
Fotocopia de la Partida de Matrimonio actualizada (NO de
la libreta).
Verificar
que en la partida figure el ESTADO CIVIL ANTERIOR y la PROFESIÓN
DE AMBOS. En el caso en que figurase una profesión
colegiada, se deberá presentar un APORTE a dicha
caja o un CERTIFICADO de la misma, donde conste que no percibe
esta asignación familiar. Este aporte o certificado
debe ser actualizado anualmente.
En
el caso en que la esposa figurase con cualquier tipo de
empleo o profesión (costurera, empleada,
estudiante, etc.), a excepción de ama de casa, deberá
justificar que no percibe el salario familiar, mediante:
Fotocopia recibo de sueldo de su lugar de trabajo (documentación
a presentar todos los años), renuncia al SUAF (sistema
único de asignaciones familiares, dependiente de
la ANSES) cuando la empresa se encuentre habilitado en éste
sistema; o:
Fotocopia
aportes a caja de autónomos (documentación
a presentar todos los años); o:
Aportes
a caja de profesionales o certificado de la caja profesional
donde conste que no percibe el salario familiar, en el caso
de estar jubilado por dicha caja (documentación a
presentar cada dos años); o:
Testimonial
(con dos testigos y por única vez al iniciar el tramite)
(descargar
planilla Testimonial) y anualmente Declaración
Jurada sin testigos (descargar
declaración jurada) otorgada por Juez de Paz
o de Primera Instancia o ante delegado municipal o IPS oficina
de salario familiar.
Cuando
el matrimonio se hubiere llevado a cabo en el exterior y
la partida de matrimonio se encontrare redactada en idioma
extranjero, se deberá presentar la traducción
y legalización de la misma, realizada en el respectivo
Consulado.
En
los casos en que se inicie el trámite para percibir
el salario familiar por primera vez, y corresponda justificar
la situación laboral del cónyuge,
la misma deberá abarcar el período de tiempo
retroactivo por el que corresponda percibir el salario,
(en caso contrario, sólo se liquidará desde
la fecha de presentación).
Jubilados/as
por cónyuge e hijos o menor a cargo
Documentación
que se necesita
1.Declaración
Jurada de Salario Familiar (descargar
Formulario N° 109)
2.Fotocopia
documento de identidad de todos (beneficiario, cónyuge,
hijos)
3.Fotocopia
recibo de cobro como beneficiario de I.P.S.
4.Fotocopia
de la resolución por la cual el I.P.S. le otorgó
el beneficio (en su defecto, fotocopia del decreto de cese).
5-CUIL
de todos.
6-
Fotocopia de la Partida de Matrimonio actualizada (no de
la Libreta);
7.
Justificación Laboral del cónyuge (madre/padre
de los menores), si corresponde (todos los años):
Fotocopia
recibo de sueldo de su lugar de trabajo del año en
curso, renuncia al SUAF; o:
Fotocopia
aportes a caja de autónomos; o:
Aportes
a caja de profesionales o certificado de la caja profesional
donde conste que no percibe el salario familiar, en el caso
de estar jubilado por dicha caja; o:
Testimonial
,con dos testigos y por única vez al iniciar el tramite,
(descargar
planilla testimonial) y anualmente Declaración
Jurada, sin testigos (descargar
Declaración jurada), otorgada por Juez de Paz
o de Primera Instancia o en la sede municipal ante delegado
o IPS oficina salario familiar - Otros casos, por ej, beneficio
del orden nacional, partida de defunción, etc.
Si
de las constancias de la justificación laboral resultare
que la esposa figura como ama de casa, no será
necesario presentar una nueva justificación. Caso
contrario, la misma deberá ser renovada anualmente
con el resto de la documentación que se solicite
a tal efecto (por ejemplo, con los certificados de escolaridad).
Cuando el matrimonio se hubiere llevado a cabo en
el exterior y la partida de matrimonio se encontrare redactada
en idioma extranjero, se deberá presentar
la traducción y legalización de la misma,
realizada en el respectivo consulado.
En los casos en que se inicie el trámite para percibir
el salario familiar por primera vez, y corresponda justificar
la situación laboral del cónyuge, la misma
deberá abarcar el período de tiempo retroactivo
por que corresponda percibir el salario, (caso contrario,
sólo se liquidará desde la fecha de presentación).
8. Fotocopia de la Partida de Nacimiento de los
menores a cargo
La asignación familiar por hijo o menor a cargo se
cobra hasta que el menor cumpla los 18 años.
En
los casos en que exista un menor (por ejemplo,
nieto, sobrino, etc.) a cargo del beneficiario, por el cual
se pretende percibir el salario familiar, debe presentar
la Guarda y o Tutela Judicial otorgada por Juez de Menores
(además de la partida de nacimiento).
Debido que la guarda o tutela es revocable por distintos
motivos, cada dos años se debe presentar la vigencia
de guarda (descargar
planilla vigencia de guarda), a fin de verificar la
continuación de la misma. Cuando la guarda judicial
sea compartida con otra persona, además del beneficiario,
se deberá justificar la situación laboral
de la misma, en la forma expuesta en el punto anterior
9.
Certificado de Escolaridad (original) como alumno regular.
Para
percibir la Ayuda Escolar Anual (además de presentar
la documentación correspondiente a la Asignación
por hijo) se debe acompañar el “Certificado
de Escolaridad”(original). Este deberá presentarse
en todos los casos, entre los meses de marzo y mayo, una
vez comenzadas las clases (deben ser de alumno regular;
no tienen validez los de inscripción al año
lectivo) y con fecha actualizada.
Esta documentación debe ser actualizada anualmente
en la forma y tiempo señalados.
Pensionadas
por hijo menor
Documentación
que se necesita
1.
Declaración Jurada de Salario Familiar (descargar
Formulario N° 109)
2. Fotocopia documento de identidad de todos (beneficiario,
cónyuge, hijos)
3. Fotocopia recibo de cobro como beneficiario del IPS
4. Partida de defunción del causante del beneficio
5. Fotocopia de la resolución por la cual el IPS
le otorgó el beneficio
6. CUIL de todos
7. Fotocopia de la partida de matrimonio actualizada(no
de la libreta);
8. Justificación laboral del titular de la pensión
(todos los años), si correspondiere;
Fotocopia
recibo de sueldo de su lugar de trabajo del año en
curso, renuncia al SUAF; o:
Fotocopia
aportes a caja de autónomos; o:
Aportes
a caja de profesionales o certificado de la caja profesional
donde conste que no percibe el salario familiar, en el caso
de estar jubilado por dicha caja;
Testimonial
con dos testigos y por única vez al iniciar el tramite
(descargar
planilla testimonial) y anualmente Declaración
Jurada ,sin testigos (descargar
Declaración Jurada), otorgada por Juez de Paz
o de Primera Instancia o ante delegado municipal o IPS oficina
de salario familiar.
9.
Fotocopia de la Partida de Nacimiento de los menores a cargo
(más guarda o tutela otorgada por juez de menores,
para el caso en que correspondiere);
10.Certificado
de Escolaridad (original), como alumno regular.
La
documentación es la misma que en las jubilaciones,
con la salvedad que en este caso, siempre que el beneficiario
de la pensión se encontrare trabajando, o al menos
así figurase en la partida de matrimonio, deberá
justificar su situación laboral.
Si esta persona no se encontrare trabajando y justificare
que se desempeña como ama de casa, este trámite
se realizará por única vez; caso contrario,
deberá justificar su situación todos los años,
según la forma señalada.
Pensionadas
(concubinas)
Documentación
que se necesita
Se
debe presentar la misma documentación que en el punto
anterior, con la particularidad que se deberá justificar
la situación de la titular de la pensión TODOS
LOS AÑOS, según la forma que le correspondiere
(relación de dependencia, renuncia al SUAF, aportes
autónomos, información testimonial, etc.).
También,
será ineludible la presentación de la resolución
por la que el I.P.S. le otorgó el beneficio pensionario.
Pensionados
Se
debe presentar la misma documentación que en el punto
primero, con la particularidad que se deberá justificar
la situación laboral del titular de la pensión
TODOS LOS AÑOS, según la forma que le correspondiere
(relación de dependencia, renuncia al SUAF, aportes
autónomos, información testimonial, etc.).
Por Hijo Discapacitado
Documentación
que se necesita
En
el caso de solicitar asignación familiar por hijo
discapacitado:
1.
Declaración Jurada de Salario Familiar (descargar
Formulario N° 109)
2.
Fotocopia documento de identidad de todos (beneficiario,
cónyuge, hijos)
3.
Fotocopia recibo de cobro como beneficiario de I.P.S.
4.
Fotocopia de la resolución por la cual el I.P.S.
le otorgó el beneficio (en su defecto, fotocopia
del decreto de cese).
5-
CUIL de todos.
6-
Solicitud de Junta Médica (PARA LA PERCEPCIÓN
DEL SALARIO FAMILIAR) por duplicado, más todo antecedente
clínico de la discapacidad; en caso de existir Curatela
(siempre otorgado a favor del beneficiario) debe presentar
fotocopia del testimonio y aceptación del cargo de
la misma.
7-
Información testimonial otorgada por Juez de Paz
o de Primera Instancia justificando que: el incapacitado
“no posee ningún beneficio social ni tiene
otro sustento económico”, o sea, que se encuentra
carente de recursos y que está a cargo del beneficiario.
Esta
información testimonial debe ser presentada cuando
la persona incapacitada sea mayor de 21 años. Cuando
el cónyuge del beneficiario deba justificar su situación
laboral, deberá realizarlo antes del mes de diciembre,
cuando caduca la misma.
El beneficio de una pensión graciable, por el hijo
discapacitado, NO ES INCOMPATIBLE para que el beneficiario
también perciba por el mismo salario familiar. En
este caso debe presentar una fotocopia del recibo de la
misma.
Ayuda Escolar Anual
Con
el haber de febrero se percibe la AYUDA ESCOLAR ANUAL, en
los casos en que los beneficiarios hayan presentado la documentación
correspondiente.
INFORMACIÓN
ANEXA
Para
iniciar el trámite de salario familiar, el beneficiario
debe estar percibiendo el haber de la jubilación
o pensión. Para percibir el retroactivo de salario
familiar, desde la fecha de cese de actividad, LA DOCUMENTACIÓN
REQUERIDA DEBE SER PRESENTADA DENTRO DEL AÑO DE HABER
COMENZADO A COBRAR LA JUBILACIÓN O PENSIÓN;
caso contrario, sólo le será reconocido un
año de retroactividad a la fecha de presentación.
Formularios
para Descargar
Formulario
109
Informacion
testimonial
Vigencia
de Guarda
Declaración
Jurada
Planilla
Solicitud Junta Médica


2. CAMBIO
DE DOMICILIO
Documentación
Requerida:
Si
lo solicita el beneficiario:
-
Fotocopia de documento de identidad 1ª y 2ª hoja.
- Fotocopia de recibo de haberes.
- Carta especificando el cambio requerido.
Si
lo solicita el apoderado:
-
Fotocopia de documento de identidad 1ª y 2ª hoja.
- Fotocopia de recibo de haberes.
- Fotocopia de documento de identidad del apoderado 1ª
y 2ª hoja.
- Carta especificando el cambio requerido.
Dónde
se inicia:
- En la oficina de Informaciones Generales, de lunes a viernes
de 8.30 a 16.00 horas, Planta Baja de la sede Central.
- Por fax, a los siguientes teléfonos: 0221- 425
2235 /429 6588


3. CAMBIO
DE BANCO
Documentación
Requerida:
Si
lo solicita el beneficiario:
-
Fotocopia de documento de identidad 1ª y 2ª hoja.
- Fotocopia de recibo de haberes.
- Carta especificando el cambio requerido.
Si
lo solicita el apoderado:
-
Fotocopia de documento de identidad 1ª y 2ª hoja.
- Fotocopia de recibo de haberes.
- Fotocopia de documento de identidad del apoderado 1ª
y 2ª hoja.
- Carta especificando el cambio requerido.
Dónde
se inicia:
- En la oficina de Tesorería, en la sede central
del IPS, de lunes a viernes de 9 a 13 horas.
- Por fax, a los siguientes teléfonos: 0221- 425
2235 /429 6588


4.
CERTIFICACIÓN DE APORTES
¿Desea
saber si su empleador ingresó sus aportes previsionales
y cómo obtener una constancia de los mismos?
Si
usted es agente del ESTADO PROVINCIAL O MUNICIPAL, DOCENTE
OFICIAL PROVINCIAL O MUNICIPAL ...
-
Los recibos de sueldos mensuales emitidos por empleador
resultan ser un documento válido para constar las
retenciones personales efectuadas con destino a este IPS.
- De ser insuficiente la exhibición de los recibos
de sueldos anteriores, en función del Organismo o
Entidad que solicita un informe individual de aportes, deberá
el interesado previamente requerir del Empleador donde se
desempeñe o hubiere desempeñado, que le extienda
una Certificación de Servicios y en su caso de aportes
efectuados, con indicación ante quien se presentará
y el motivo del trámite, para que posteriormente
el IPS se expida al respecto.
Cuando el período de desempeño sea posterior
a enero de 1999, el IPS podrá complementar esta documentación
con la información individual de aportes por agente
con el Registro Único Permanente de Afiliados (RUPA)
que incorpora la información en soporte magnético
que el empleador entrega mensualmente en carácter
de Declaración Jurada.
Si
usted es DOCENTE PRIVADO de Establecimientos Educativos
de Gestión Privada:
-
Debe solicitar previamente el Formulario CEC 15 extendido
por el Representante Legal, y que posteriormente suscribe
la Dirección de Educación de Gestión
Privada (DIPREGEP), tanto para docentes subvencionados como
no subvencionados.
- Tratándose de Docentes Subvencionados, deben estar
consignados en las Planillas MECANIZADAS de DIPREGEP, y
todo informe individual de aportes deberá solicitarse
a la Dirección General de Cultura y Educación.
- En cuanto a los Docentes No Subvencionados, deben estar
consignados en las Planillas DIPREGEP 20 de DIPREGEP, y
podrán solicitar a este IPS un informe de aportes
según los siguientes requisitos:
1-
Nota de solicitud, conteniendo:
-
Datos del Colegio:
Nombre del Establecimiento
Nivel de Enseñanza
N° de DIPREGEP o Provisorio IPS
Distrito Escolar
Domicilio, localidad y código postal
- Datos del Docente:
Apellido y nombre
Tipo y N° de documento
Función, categoría y/ u horas
Período Trabajado
Domicilio, localidad y código postal
Teléfono (N° y característica), indispensable
que el número figure en guía para verificar
identidad.
E- Mail
- Indicar el motivo de la solicitud
- Para ser presentado ante ... (indicar Organismo o entidad
requirente)
- Firma del Solicitante y aclaración.
2-
Fotocopia de DNI (1° y 2° Hoja, y la hoja del último
domicilio vigente)
3- Último recibo de sueldo (fotocopia)
4- Formulario CEC 15 de certificación de servicios
iniciado por Representante Legal y convalidado por DIPREGEP
(fotocopia)
5- Certificación de servicios con constancias de
aportes jubilatorios, confeccionado y firmado por Representante
Legal (original)


5.
GASTOS DE SEPELIO
Resolución
N° 5/06 que deroga a la N° 11/05
El
monto es: $1.704,30 (actualizado
a Abril de 2008)
Corresponde
iniciar este trámite:
a-Cuando
fallece el jubilado sin familiar directo, la persona que
se hizo cargo del sepelio, inicia el trámite.
b-Cuando
fallece el pensionado sin familiar directo, la persona
que se hizo cargo del sepelio, inicia el trámite.
Documentación
Requerida (original y copia):
a-Cuando
fallece el jubilado
-
Certificado de defunción.
- Factura de la cochería original, y a nombre de
la persona que se hizo cargo del sepelio, con firma del
responsable de la cochería certificada por el Banco
donde tiene registrada la misma.
- Carnet de jubilado fallecido.
- Último recibo de sueldo del jubilado fallecido.
- Documento del solicitante (primera y segunda hoja y cambios
de domicilio)
- Constancia número de CUIL del solicitante.
Nota: Si el fallecido fuera viudo/a, debe adjuntar acta
de matrimonio actualizada y certificado de defunción
de la esposa/o.
En
el supuesto de actas y certificados de defunción
expedidas en el ámbito de la Municipalidad de la
ciudad autónoma de Buenos Aires,
deberan estar certificadas por la Cámara de Apelaciones;
si fueran del interior del país por el Ministerio
del Interior, si fueran del extranjero por el Ministerio
de Relaciones Exteriores o Consulado, adjuntando la traducción
de las mismas.-
b-Cuando
fallece el pensionado
-
Certificado de defunción.
- Factura de la cochería original, y a nombre de
la persona que se hizo cargo del sepelio, con firma del
responsable de la cochería certificada por el Banco
donde tiene registrada la misma.
- Carnet del pensionado fallecido.
- Último recibo de sueldo del jubilado fallecido.
- Documento del solicitante (primera y segunda hoja y cambios
de domicilio)
- Constancia número de CUIL del solicitante.
En
el supuesto de actas y certificados de defunción
expedidas en el ámbito de la Municipalidad de la
ciudad autónoma de Buenos Aires, deberan estar certificadas
por la Cámara de Apelaciones; si fueran del interior
del país por el Ministerio del Interior, si fueran
del extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores
o Consulado, adjuntando la traducción de las mismas.-


6.
SUBSIDIOS POR FALLECIMIENTO
Resolución
N° 5/06 que deroga a la N° 11/05
SUBSIDIO
POR FALLECIMIENTO AL 50%
El
monto es: $3.408,60 (actualizado
a Abril de 2008)
Corresponde
cuando fallece el cónyuge del jubilado/a. El 50%
restante queda pendiente para ser otorgado a los familiares
directos cuando fallezca el jubilado/a.
Documentación:
-
Acta de matrimonio actualizada (original y copia)
-
Certificado de defunción (original y copia)
-
Carnet de Jubilado solicitante (original y copia)
-
Último recibo de haberes del jubilado solicitante
(original y copia)
-
Documento de Identidad del jubilado solicitante (original
y fotocopia de la 1° y 2° hoja y cambio de domicilio)
-
Constancia del número de CUIL
-
Formulario
de Solicitud
-
Declaración
Jurada
En
el supuesto de actas y certificados de defunción
expedidas en el ámbito de la Municipalidad de la
ciudad autónoma de Buenos Aires, deberan estar certificadas
por la Cámara de Apelaciones; si fueran del interior
del país por el Ministerio del Interior, si fueran
del extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores
o Consulado, adjuntando la traducción de las mismas.-
SUBSIDIO
POR FALLECIMIENTO (100%) Y PENSIÓN
El
monto es: $ 6.817,20 (actualizado
a Abril de 2008)
Por
derecho le corresponde el subsidio por fallecimiento en
el siguiente orden a los familiares directos:
a-
Esposo/a (en caso de no existir éste)
b- Hijos (en caso de no existir éstos)
c- Padres
Documentación
Requerida (original y copia):
a-
Esposo/a
-Acta
de matrimonio actualizada.
-Certificado de Defunción.
-Carnet de Jubilado del Causante.
-Último Recibo de Haberes del Causante (si el cobro
es por BAPRO adjuntar la constancia de los 10 últimos
movimientos del Cajero Automático)
-Documento de Identidad (del esposo/a que presenta el trámite)
-Constancia número de Cuil (del esposo/a que presenta
el trámite).
-Solicitar en ANSES los Telex (tanto del solicitante como
del causante): Pantalla de Autónomos, Pantalla de
Activos, R.U.B., Mesa de Entradas.
-Formulario
de Solicitud
-Declaración
Jurada
En
caso de hijos menores, adjuntar:
-Acta
de nacimiento.
-Documento de Identidad.
-Constancia número de Cuil.
-Constancia de Alumno Regular (para
los hijos mayores de 18 y hasta los 25 años)
En el
supuesto de actas y certificados de defunción expedidas
en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad autónoma
de Buenos Aires, deberan estar certificadas por la Cámara
de Apelaciones; si fueran del interior del país por
el Ministerio del Interior, si fueran del extranjero por
el Ministerio de Relaciones Exteriores o Consulado, adjuntando
la traducción de las mismas.-
b-
Hijos
-Acta
de matrimonio actualizada de los padres
-Acta de Defunción (ambos padres)
-Acta de nacimiento. (De todos los hijos, si alguno hubiese
fallecido adjuntar Certificado de Defunción)
-Fotocopia de Documento de Identidad (de todos los solicitantes
de la primera y segunda hoja y si tiene algún cambio
de domicilio también)
-Constancia número de Cuil. (de todos los solicitantes)
-Carnet y Último Recibo de Haberes del Causante.
-Formulario
de Solicitud
-Declaración
Jurada
En
el supuesto de actas y certificados de defunción
expedidas en el ámbito de la Municipalidad de la
ciudad autónoma de Buenos Aires, deberan estar certificadas
por la Cámara de Apelaciones; si fueran del interior
del país por el Ministerio del Interior, si fueran
del extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores
o Consulado, adjuntando la traducción de las mismas.-
c-
Padres
-
Documento de Identidad (del o de los solicitantes, de la
primera y segunda hoja y si tiene algún cambio de
domicilio también)
-Constancia número de Cuil. (de los solicitantes)
-Acta de matrimonio actualizada de los solicitantes (si
hubiese uno de ellos fallecido adjuntar certificado de defunción)
-Acta de matrimonio actualizada del causante.
-Certificado de Defunción del causante y del esposo/a.
-Acta de nacimiento del causante.
-Acta de Defunción de los hijos del causante.
-Carnet del causante.
-Último Recibo de Haberes del Causante.
-Formulario
de Solicitud
-Declaración
Jurada
En
el supuesto de actas y certificados de defunción
expedidas en el ámbito de la Municipalidad de la
ciudad autónoma de Buenos Aires, deberan estar certificadas
por la Cámara de Apelaciones; si fueran del interior
del país por el Ministerio del Interior, si fueran
del extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores
o Consulado, adjuntando la traducción de las mismas.-


7.
REAJUSTE
Corresponde
iniciar este trámite
Cuando
el beneficiario trae nuevos servicios para ajustar la prestación/
beneficio. El interesado, su apoderado y/o el delegado previsional
deberán presentarse en el Departamento de Asesoramiento
para realizar consultas o bien para la iniciación
del trámite de reajuste.
Documentación
requerida
1. Documento de identidad (LE, LC, DNI) en original y fotocopia.
2. Último recibo de haberes de la Jubilación,
en original y fotocopia.
3. Certificado de servicio y Decreto de Cese.
4. Carnet de Jubilado.


8.
RECLAMOS
Cuándo
corresponde iniciarlo
Cuando el interesado considera que:
· No se le hizo efectivo el pago de un aumento
· Si se le realiza algún descuento que no
fue solicitado por el beneficiario
· Otros, relacionados con modificaciones en el haber
habitual.
· No se le han computado la totalidad de los años
trabajados
· No se consideró el mejor cargo ejercido
· El porcentaje jubilatorio está mal calculado.
Documentación
Requerida
· Nota en donde explique el reclamo; especificando
su número de expediente y el de beneficiario, así
como también su domicilio y teléfono; o formulario
de reclamo.
Dónde
se inicia
· Personalmente en la Oficina Informaciones Generales,
(calle 47 # 530) , Planta Baja (de 8.30 a 16.00 hs)
· A través de la delegación previsional
del municipio.
· Por correo tradicional, con nota dirigida a la
Oficina de Informaciones Generales.


9. PODERES
Existen
dos tipos:
1.
Carta Poder
2. Poder Especial Ante Escribano Público
1.
Carta Poder
Vigencia:
6 meses; a excepción de los beneficiarios que se
encuentren internados este documento tendrá validez
por un mes.
Requisitos:
· Deberá contar con las firmas del beneficiario
y del apoderado o apoderados, que pueden ser certificadas
por: empleados del sector Poderes del IPS, Juez de Paz,
Secretario de Juzgado, Escribano Público o Delegado
Previsional.
· Para beneficiarios que se encuentren internados
en un establecimiento asistencial, la firma debe estar certificada
por el Director o Administrador del nosocomio, debiendo
expresar además el estado de lucidez del paciente
que otorga el poder.
Documentación
· Fotocopia de documento de identidad del beneficiario
y apoderado.
· Original y copia del último recibo de haberes.
· Número de CUIL del apoderado
2.
Poder Especial ante Escribano Público
Vigencia: este tipo de mandato tendrá una duración
indefinida, o hasta que el otorgante decida su revocación;
a excepción de los terceros no familiares para quienes
la vigencia máxima será de seis meses.
Requisitos
· Familiares directos hasta el cuarto grado de consanguinidad,
(deberá acreditarse el vínculo en el cuerpo
de la escritura o mediante declaración jurada prestada
ante este Organismo previsional),
· Tercero de afinidad (suegros, yernos y nueras,
cuñados, sobrinos y tíos políticos),
(deberá acreditarse el vínculo en el cuerpo
de la escritura o mediante declaración jurada prestada
ante este Organismo previsional),
· Abogados y/o procuradores debidamente matriculados,
· Terceros no familiares.
Documentación
· Fotocopia de documento de identidad del beneficiario
y apoderado.
· Original y copia del último recibo de haberes.
· Número de CUIL del apoderado.
Dónde
se inicia
En Sector Poderes, de lunes a viernes de 9.00 a 13.00 horas.
Calle 5 N° 757 entre 47 y 48, La Plata.
Revocación de Poder
- Fotocopia de Documento del beneficiario (1ª y 2 ª
hoja)
- Fotocopia del recibo de haberes.
- Planilla de Poderes.


10.
VUELTA A LA ACTIVIDAD
Cuándo
corresponde iniciarlo:
Si
un jubilado vuelve a la actividad en relación de
dependencia con el Estado Municipal, Provincial y Nacional.
Quedan exentos los servicios docentes y autónomos.
Documentación:
-
Escrito de denuncia de la nueva situación laboral
ante el IPS.
- Copia del Acto Administrativo, que lo efectiviza en el
cargo.
Plazo
de presentación:
-
30 días corridos, a partir de la fecha en que volvió
a la actividad.


11. VUELTA A LA PASIVIDAD
Cuándo
corresponde iniciarlo:
En
los casos en los cuales los beneficiarios, que hubieren
regresado a la actividad y hayan cesado en el cargo, deberán
comunicar la novedad ante el Organismo Previsional a los
efectos de reintegrar el haber jubilatorio.
Documentación:
-
Presentación por escrito de la nueva situación
ante el IPS.
- Copia del Acto Administrativo, que le otorga la baja o
cese.
Plazo
de presentación:
-
30 días corridos, a partir de la fecha en que volvió
a la actividad


12.
RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS
Cuándo
corresponde iniciarlo
Cuando
el interesado se jubila por otra caja, pero al tener aportes
realizados al IPS, éste Organismo certifica dichos
servicios para agregarlos a la caja otorgante.
Documentación
Requerida
· Certificado de servicios con sueldos mes por mes
o año por año del período que se pretende
reconocer, firmado y sellado por funcionario autorizado
de la Repartición del lugar de Trabajo.
· Decreto de baja o cese, firmado y sellado por funcionario
autorizado de la repartición del lugar de trabajo.
· Fotocopia de DNI 1º y 2º hoja (original
y fotocopia)
· Si el reconocimiento es de un agente fallecido
y solicita el esposo/a: fotocopia del acta de matrimonio
y certificado de defunción.
· Si el solicitante es conviviente, se debe agregar
a la documentación anterior: información sumaria
que acredite tiempo de convivencia
· Nº de CUIL del solicitante.
Dónde
se inicia
· Personalmente en la sede del IPS (calle 47 nº
530)
· A través de la delegación previsional
del municipio
· Por correo tradicional solo cuando vive en otra
provincia.


13. PRORRATEO
Cuándo
corresponde iniciarlo
Este trámite lo realizan los empleados en actividad,
para determinar los aportes que ha realizado a este Organismo
previsional.
Los
DOCENTES podrán solicitar un prorrateo a partir de
los 50 años de edad y los ADMINISTRATIVOS a partir
de los 60 años.
Documentación Requerida
· Copia de D.N.I.
· Copia de último recibo de haberes,
· HISTORIA LABORAL (donde deberá constar fecha
de inicio y hasta la fecha actual), que podrá ser
confeccionada por su empleador o por el interesado.
Cómo
se inicia
· Personalmente en la sede del IPS (calle 47 nº
530)
· A través de la delegación previsional
del municipio.


14. PERDIDA DE CARNET
DE JUBILADO/ PENSIONADO
Documentación Requerida
· Documento de Identidad, en original y copia.
Dónde
se inicia
·
Denunciar la pérdida en Informaciones Generales,
de lunes a viernes de 8.30 a 16.00 horas, en Plata Baja
de la Sede Central del IPS.
